Cambios en el modelo 720, de declaración de bienes y derechos en el extranjero       

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El pasado 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció sobre el modelo 720, por el que se obliga a los titulares de cuentas en entidades financieras, títulos, activos, valores, bienes inmuebles, monedas virtuales o seguros de vida valorados en más de 50.000 euros y con residencia en España a informar a la Agencia Tributaria.

El TJUE ha establecido que sus condiciones son ilegales y que España tendrá que rectificar y aplicar cambios en esta declaración.

Tabla de contenidos:

  1. ¿Qué es el modelo 720?
    Motivos que han generado las denuncias al modelo 720
    La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el modelo 720
    Cambios en el modelo 720 debido a la sentencia
    ¿Cómo afecta a Andorra la sentencia europea sobre el modelo 720?

¿Qué es el modelo 720?

Es una declaración informativa que tienen que rellenar los residentes españoles sobre los bienes que poseen fuera de España. Se creó en 2012 y forma parte de la “normativa reguladora de la declaración de bienes y derechos en el extranjero” para luchar contra el fraude y la evasión fiscal.

El modelo 720, de obligatorio cumplimiento para las personas físicas y jurídicas que tienen el deber de informar a la Agencia Tributaria sobre sus movimientos en el extranjero, exige identificar las cuentas bancarias, títulos, activos, valores, seguros de vida, rentas y bienes inmuebles por un valor a partir de 50.000 €.

Desde que vio la luz en octubre de 2012, y hasta abril de 2013, fue el plazo para regularizar la situación. A partir de ese momento, todo lo que no aparecía en este documento incurría en un delito fiscal sin prescripción.

Motivos que han generado las denuncias al modelo 720

La ley aplica penalizaciones muy exigentes a las personas que no lo presentan, lo hacen de manera incorrecta o fuera de plazo. Estas importantes multas han provocado multitud de quejas a la Comisión Europea.

Sanciones económicas

La normativa prevé un importe fijo de 5.000 € de penalización por cada dato o conjunto de datos, incompletos, no declarados o erróneos, con un mínimo de 10.000 € por cada conjunto. Además, si no se presenta a tiempo, contempla una multa de 100 € por cada dato o conjunto de datos declarados fuera de plazo, con un mínimo de 1.500 €.

A parte también se le suma el 150 % de recargo por ganancia patrimonial no justificada.

Es decir, que las sanciones pueden superar el valor de los bienes.

Sin derecho de prescripción

Por otro lado, no hay prescripción y la Administración puede hacer efectiva la sanción sin límite temporal. Es decir, que si no se presenta algún activo, se enfrenta a estas sanciones, aunque sea un bien que recibió en el pasado y que no ha declarado en el modelo 720 a partir del 2012.

Hay que tener en cuenta que, el derecho de prescripción, solo se anula por delitos de terrorismo y genocidio (en las infracciones de carácter fiscal suelen prescribir al cabo de 4 años).

Estas medidas afectan tanto a los residentes españoles que invierten en bienes en el extranjero como a aquellos que los poseen en sus países de origen.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el modelo 720

Por estos hechos expuestos anteriormente, la Comisión Europea abrió una investigación en 2015 escuchando las quejas de los residentes españoles. En 2017, impuso al Gobierno de España un plazo de 2 meses para cambiar la normativa. Y finalmente, en 2019, el caso llegó al tribunal de justicia europeo.

Después de casi 3 años, la sentencia por el modelo 720 se ha hecho pública destacando las siguientes irregularidades en su aplicación:

Freno a la libre circulación de capitales

Los jueces del tribunal europeo han considerado que las medidas que aplica España para luchar contra la evasión fiscal son desproporcionadas. Estas van en contra del derecho de la circulación de capitales dentro del territorio europeo. Las penalizaciones pueden llegar a ser un motivo para disuadir a los residentes españoles de adquirir bienes fuera de sus fronteras. Por tanto, obstaculizan la circulación de capitales dentro de la Unión Europea porque preferirán invertir en su propio país.

Las condiciones de la ley son ilegales

La justicia europea ha expuesto que las sanciones por no cumplimentar la declaración, hacerlo con errores o tarde y la no prescripción del delito son ilegales.

Las multas económicas son excesivas, y en muchos casos pueden llegar al 100 % del valor de los bienes y derechos situados en el extranjero. Por otro lado, considera que la imprescriptibilidad vulnera la seguridad jurídica de las personas, ya que la Administración puede cuestionar siempre que quiera un hecho prescrito.

Por estas razones, el TJUE llega a la conclusión que la Agencia Tributaria se excede en su poder de controlar y luchar contra la evasión de capitales.

Cambios en el modelo 720 debido a la sentencia

Finalmente, España se ha pronunciado y ha propuesto cambiar las condiciones del modelo 720 aunque este continuará siendo obligatorio. Adecuará las modificaciones según lo previsto en la sentencia del tribunal de justicia europeo.

Se compromete a rebajar las sanciones económicas que no podrán ser superiores al 50 % de la cuantía defraudada. Además, la no prescripción del delito desaparece y el modelo 720 se adapta al resto de infracciones fiscales que prescriben al cabo de 4 años.

Estos cambios tendrían que entrar en vigor en pocas semanas después que los apruebe el congreso español, y se aplicarán a los procesos iniciados el 1 de enero de 2020 y que todavía no hayan concluido.

¿Cómo afecta a Andorra la sentencia europea sobre el modelo 720?

Este cambio de medidas será positivo para muchos residentes en España que poseen pisos de propiedad en Andorra, ya que podrán regularizar su situación. Para el país, también será ventajoso, ya que podría hacer aflorar nuevos pisos al mercado tanto de alquiler como de venta.

Además, las personas que deseaban contar con una segunda residencia en Andorra y se frenaban por las sanciones del modelo 720, ahora podrán hacerlo con más tranquilidad.

 

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