Crear una empresa en Andorra: ¿Sociedad Anónima o Sociedad Limitada?

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Cuando tomas la decisión de invertir en Andorra, una de las decisiones estratégicas más relevantes al constituir una empresa en Andorra es elegir la estructura societaria adecuada. No todas las formas jurídicas ofrecen las mismas ventajas ni responden de la misma forma ante el crecimiento, la entrada de socios o las exigencias internacionales.
Entre las opciones disponibles, la Sociedad Anónima (SA) y la Sociedad Limitada (SL) concentran la mayoría de las inversiones extranjeras. A continuación, te contamos sus diferencias, ventajas y limitaciones de cada una, y cómo decidir cuál se ajusta mejor a tus objetivos como inversor extranjero.


Tabla de contenidos:

  1. Formas jurídicas para constituir una empresa en Andorra
    Comparativa: Sociedad Anónima vs. Sociedad Limitada en Andorra
    Ventajas de constituir una empresa en Andorra
    Aspectos fiscales comunes entre la SA y la SL
    Requisitos para constituir una empresa en Andorra
    Integrar empresa, residencia y fiscalidad

Formas jurídicas para constituir una empresa en Andorra

El marco legal andorrano permite varias formas jurídicas. En la práctica, la Sociedad Anónima (SA) y la Sociedad Limitada (SL), o sus versiones unipersonales, SAU y SLU, concentran la mayoría de las constituciones empresariales. Ambas estructuras ofrecen personalidad jurídica propia y permiten operar legalmente en el país con plena capacidad. Garantizan responsabilidad limitada, lo que significa que los socios/accionistas solo responden por el capital aportado, sin que su patrimonio personal se vea afectado por las deudas o contingencias de la empresa.

Comparativa: Sociedad Anónima vs. Sociedad Limitada en Andorra

Elegir entre una Sociedad Anónima (SA) o una Sociedad Limitada (SL) es una de las primeras decisiones clave al constituir una empresa en Andorra. Esta elección dependerá del volumen de inversión previsto, del tipo de actividad empresarial y de la estructura societaria deseada. A continuación, detallamos los aspectos más relevantes para valorar cuál de las dos formas jurídicas se ajusta mejor a cada perfil de inversor.

• Capital social mínimo

  • Sociedad Limitada (SL): se exige un capital social mínimo de 3.000 euros. Es una opción accesible, ideal para proyectos que no requieren grandes recursos iniciales.
  • Sociedad Anónima (SA): el capital mínimo obligatorio asciende a 60.000 euros. Esta estructura está pensada para iniciativas de mayor escala o con múltiples socios inversores.

• Costes de constitución y mantenimiento

A la hora de constituir una empresa en Andorra, es importante tener en cuenta no solo el capital social, sino también los costes administrativos y de gestión asociados:

  • Sociedad Limitada (SL): coste de constitución: en torno a 1.000 €, incluyendo honorarios notariales, trámites registrales y otros gastos legales. El mantenimiento anual es de aproximadamente 850 €, que cubren el Registro mercantil.
  • Sociedad Anónima (SA): el coste de constitución ronda los 1.500 €, debido a una estructura societaria más compleja y mayores exigencias legales. El mantenimiento anual es de 950 €, por los mismos conceptos.

• Adecuación al tamaño y complejidad del negocio

  • Sociedad Limitada (SL): es el formato más adecuado para empresas de tamaño pequeño o medio, de titularidad única o familiar, y con operaciones localizadas. Su estructura simplificada permite una gestión directa y un control más ágil.
  • Sociedad Anónima (SA): diseñada para sociedades con mayor volumen de negocio, diversificación de actividad o previsión de entrada de nuevos accionistas. Su capacidad para emitir acciones la convierte en una figura atractiva para captar inversión o estructurar holdings.

Ventajas de constituir una empresa en Andorra

Los motivos por los que el país despierta interés y muchos inversores deciden constituir una empresa en Andorra:

  • Fiscalidad competitiva: ofrece uno de los a niveles impositivos más competitivos de Europa, tanto a nivel empresarial como personal.
  • Estabilidad política y jurídica: la legislación es clara y se adaptada a las directivas europeas.
  • Ubicación estratégica: entre Francia y España, a tres horas de grandes ciudades como Barcelona y Toulouse o a Madrid en avión.
  • Costes operativos más bajos que en otras jurisdicciones similares.

Estas condiciones han generado un ecosistema empresarial dinámico, donde conviven pymes, firmas tecnológicas y grandes patrimonios familiares que han optado por constituir una empresa en Andorra para canalizar sus inversiones internacionales.

Aspectos fiscales comunes entre la SA y la SL

A escala fiscal, en Andorra tanto la Sociedad Anónima (SA) como la Sociedad Limitada (SL) se rigen por el mismo marco tributario. No existen diferencias entre los dos modelos en cuanto a la carga impositiva, lo que permite elegir el tipo de sociedad más adecuado al proyecto sin que ello implique un impacto fiscal distinto.

Principales impuestos y obligaciones fiscales:

• Impuesto sobre Sociedades (IS)

Tipo general del 10 % con posibilidad de reducciones o bonificaciones fiscales.

• Impuesto General Indirecto (IGI)

Equivalente al IVA, pero con un tipo impositivo más bajo.
Tipo general del 4,5 %, con tipos reducidos para actividades específicas como la salud, la educación o los servicios culturales.

• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Aplica a personas físicas residentes que perciben rentas, incluidas las obtenidas por administradores o socios que trabajen en la empresa.
Solo se tributa a partir de los 24.000 € anuales, con un tipo progresivo que no supera el 10 %.

• Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Afecta a los dividendos distribuidos a socios no residentes y a determinadas rentas obtenidas en Andorra.

• Tributos locales

Cada empresa debe abonar impuestos y tasas municipales, que varían según el comú (ayuntamiento) donde se radique la actividad. Entre ellos destacan, el impuesto de radicación de actividades comerciales, empresariales y profesionales, la tasa por derechos de radicación y las tasas por servicios públicos como el alumbrado, la recogida de residuos o la higiene urbana.

• Convenios de doble imposición

Andorra ha firmado convenios con varios países, incluyendo España, Francia, Portugal, Luxemburgo y Emiratos Árabes Unidos, entre otros. Estos tratados permiten evitar la doble tributación en caso de dividendos, intereses, cánones u otras rentas internacionales. Lee nuestro artículo sobre los convenios de doble imposición en Andorra aquí.

Requisitos para constituir una empresa en Andorra

Tanto si se opta por una SA como por una SL, los pasos iniciales son similares.
En la práctica, la constitución suele completarse en unas pocas semanas si la documentación está correctamente presentada.

  • Solicitud de denominación social ante el Gobierno.
  • Autorización de inversión extranjera: obligatoria si una persona no residente posee más del 10 % del capital de la sociedad.
  • Apertura de cuenta bancaria y depósito del capital mínimo exigido.
  • Capital mínimo: 60.000 € para la SA y 3.000 € para la SL.
  • Escritura pública: firmada ante notario con estatutos sociales, aportaciones y estructura de administración.
  • Inscripción en el Registro de Sociedades: necesaria para obtener personalidad jurídica.
  • Alta fiscal: para operar legalmente y emitir facturación en el Principado.

Estos pasos conforman la base para constituir una empresa en Andorra conforme a la normativa local y con total seguridad jurídica. Solicita información personalizada sobre nuestros servicios para crear tu empresa en Andorra.

Integrar empresa, residencia y fiscalidad

Constituir una sociedad en Andorra suele formar parte de una estrategia más amplia que abarca también la residencia y la optimización fiscal. Una buena planificación permite alinear la estructura empresarial con la situación personal del inversor, mejorando la eficiencia tributaria y asegurando el cumplimiento legal. La coordinación entre aspectos fiscales, contables y requisitos para obtener la residencia es fundamental para aprovechar los beneficios del sistema andorrano, incluyendo los convenios de doble imposición. Contar con asesoramiento completo desde el principio te garantiza que todos los elementos: empresa, residencia y fiscalidad estén estructurados de forma coherente. Esto no solo aporta seguridad jurídica, sino que también facilita una gestión más eficaz y transparente a largo plazo.
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